Los Estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas, Durango, Michoacán y Nayarit, son los que entran en el decreto de regularización de vehículos de procedencia extranjera.

Ayer miércoles 19 de enero por la tarde se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto mediante el cual se oficializó la regularización de los vehículos usados de procedencia extranjera, también conocidos como “autos chocolate” en 10 estados del país mediante facilidades administrativas y estímulos.

Esta disposición será vigente hasta el próximo 22 de julio del 2022. De este modo, los automóviles podrán ser importados definitivamente sin que se requiera certificado de origen, permiso previo de la Secretaría de Economía, ni inscripción en el Padrón de Importadores.

El acuerdo, publicado en el DOF por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), estipuló como requisito para la regularización que “el año-modelo del vehículo sea de ocho o más años anteriores a aquél en el que se realice la importación definitiva” y que se cubra un aprovechamiento de 2 mil 500 pesos.

Asimismo, se podrá obtener el beneficio siempre y cuando los propietarios que realicen la importación sean personas físicas, mayores de edad, residentes de las entidades federativas previamente mencionadas y presentar una manifestación bajo protesta de decir verdad de que el vehículo no se encuentra en los supuestos previstos en el artículo 5 del decreto, que son los siguientes:

– Que por sus características o aspectos técnicos, esté restringida o prohibida su circulación en el país de procedencia o en México- Que el vehículo a importar sea de lujo o deportivo, ni se trate de vehículos blindados

– Que no cumplan con las condiciones físico mecánicas o de protección al medio ambiente, de conformidad con las disposiciones federales o locales aplicables

– Que hayan sido reportados como robados o que se encuentren relacionados con la comisión de un delito en alguna carpeta de investigación o proceso penal.

Asimismo, se especificó que “para el trámite de importación definitiva de los vehículos a que se refiere este Decreto requerirá su presentación física ante la autoridad aduanera” y que los propietarios de los vehículos que se importarán de manera definitiva deberán cumplir con el trámite de registro señalado en la Ley de Registro Público Vehicular y otras disposiciones vigentes en la materia.

Aquí los detalles completos del decreto https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5640965&fecha=19/01/2022

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