Chihuahua.- Ana Luisa Herrera Laso, secretaria del trabajo en el estado, explicó que aquellas empresas o patrones que paguen menos del salario mínimo que establece la ley, estaría incurriendo en un delito del tipo penal y administrativo.

Mencionó que con la entrada en vigor del nuevo salario mínimo, un trabajador no puede recibir menos de 102.68 pesos   de pago por sus desempeño.

Las sanciones y la tipificación como delito penal de esta falta por parte de los patrones, se estipula en el artículo 1004 de la Ley Federal del Trabajo.

En este sentido, mencionó que en la Ley Federal del Trabajo prevé que ningún patrón puede pagar por debajo de lo que se estipula como salario mínimo.

Herrera Laso detalló que este tipo de contratos se declaran nulos y sin validez.

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